El Sicad establece que las personas
naturales podrán comprar hasta 5.000 dólares (o su equivalente en otras
monedas) para cubrir el costo de estudios en el exterior y gastos de salud.
El Banco Central de Venezuela (BCV)
publicó este jueves las normas generales del Sistema Complementario de
Administración de Divisas (Sicad).
En la Gaceta Oficial número 40.200,
del 3 de julio y que circuló este jueves, el ente emisor establece que las
personas naturales podrán comprar hasta 3.000 dólares anuales (o su equivalente
en otras monedas) destinados a la atención de gastos de consumo en viajes al
exterior, y hasta 5.000 dólares (o su equivalente en otras monedas) para cubrir
el costo de estudios en el exterior, gastos de salud, investigaciones
científicas, deporte, cultura, o para el pago de bienes requeridos para la
prestación de servicios profesionales.
Para este fin no se requiere que la
persona natural haya agotado el cupo anual o límites mensuales otorgados por la
Comisión de Administración de Divisas (Cadivi).
La resolución plantea que sólo las
personas naturales o jurídicas domiciliadas o residenciadas en Venezuela podrán
realizar posturas para la adquisición de divisas o de títulos valores
denominados en moneda extranjera a través del Sicad.
(AVN)
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